Ley de Difamación de Arizona — Libelo, Calumnia y Sus Derechos
Antes de transmitir ese chisme jugoso y escandaloso que escuchó sobre alguien, piénselo dos veces. La difamación no es cosa de risa en Arizona. Usted puede ser considerado responsable por difundir falsedades que dañen la reputación de alguien, y los daños pueden ser cuantiosos.
¿Qué Es la Difamación?
Una declaración es difamatoria si tiende a desacreditar a una persona, exponerla al desprecio o al ridículo, o a poner en duda su honestidad, integridad, virtud o reputación. Tradicionalmente, la ley reconocía dos formas: libelo (difamación por escrito) y calumnia (difamación oral). Hoy en día, esta distinción importa menos que el fondo de la demanda.
Elementos de una Demanda por Difamación en Arizona
Conforme a la ley de Arizona, según lo establecido en Morris v. Warner, 160 Ariz. 55 (1988), usted debe probar: una declaración falsa respecto a su persona, que la declaración era difamatoria —que dañó su reputación—, que la declaración fue publicada ante al menos un tercero, que el demandado actuó con culpa (negligencia o algo peor), y que usted sufrió daños como resultado.
El Estándar de Culpa
Para los particulares, solo es necesario probar que el demandado fue negligente —que no ejerció un cuidado razonable al determinar si la declaración era verdadera—. Para los funcionarios públicos y las figuras públicas, el estándar es más alto: usted debe probar la existencia de malicia real —que el demandado sabía que la declaración era falsa o actuó con desprecio temerario por su veracidad—. Este estándar más alto proviene de la histórica decisión de la Corte Suprema de los Estados Unidos en el caso New York Times v. Sullivan y está incorporado en la ley de Arizona.
Defensas
La verdad es una defensa absoluta. Si la declaración es sustancialmente verdadera —aun con leves inexactitudes—, no es difamatoria. La opinión generalmente está protegida. Una declaración de opinión (“creo que es un mal empresario”) es distinta de una declaración de hecho (“cometió fraude”). Sin embargo, una opinión que implique hechos no revelados aún puede ser objeto de demanda. El privilegio protege ciertas comunicaciones: las declaraciones hechas en procesos judiciales, en procesos legislativos y en ciertos informes gubernamentales.
Daños
Los daños por difamación en Arizona pueden incluir la pérdida de ingresos y de oportunidades de negocio, el menoscabo de la reputación, la angustia emocional y la humillación, y, en casos de malicia real, daños punitivos. Una vez que su reputación se daña, es increíblemente difícil restaurarla.
Plazo de Prescripción
Las demandas por difamación en Arizona tienen un plazo más corto que la mayoría: un año conforme a A.R.S. § 12-541(1). No espere.
Tenga también en cuenta lo siguiente: usted puede ser responsable por la repetición de una declaración difamatoria por parte de terceros si razonablemente debió haber previsto que ellos la transmitirían. Una vez que la palabra se difunde, no puede retractarse.
Los Law Badgers se encargan de casos de difamación en Arizona. Si alguien ha dañado su reputación con declaraciones falsas, o si a usted lo han acusado de difamación, podemos evaluar su caso.
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